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Consejo de la magistratura de la provincia
Jueves, 23 de febrero de 2017
Convocatoria del Consejo de la Magistratura para Psicólogos
El Colegio Público de Abogados de la Primera Circunscripción Judicial de Corrientes, con la firma de su presidente Dr. Ricardo Manuel Villar, hace saber a quienes estén interesados en participar, la Convocatoria N° 2/17 del Consejo de la Magistratura de la Provincia para conformar la lista de Psicólogos que tendrán a su cargo el desarrollo de los test psicolaborales de los aspirantes a Jueces y funcionarios del Ministerio Público.
A continuación, se transcribe la convocatoria:

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE CORRIENTES

Convocatoria N° 2/17


El Consejo de la Magistratura convoca a inscripción para conformar lista de psicólogos, quiénes tendrán a su cargo el desarrollo de los test psicolaborales de los aspirantes a Jueces y funcionarios del Ministerio Público.
Inscripción: En la página web: http://www.juscorrientes.gov.ar/seccion/consejo-de-la-magistratura/convocatorias.
Informes: En la página web: http://www.juscorrientes.gov.ar/seccion/consejo-de-la-magistratura/convocatorias, o al telef. 0379-4476532
Plazo: Desde las 00:00 hs del 3.3.17 a las 24:00 hs del 16.3.17.
Para ello, los interesados deberán presentar en carpeta tipo “cual es”, dentro de las 72 hs. de efectuada la inscripción, la siguiente documentación:
Requisitos de Admisibilidad:
1. Título expedido por universidad pública o privada debidamente reconocida por autoridad competente.
2. Fotocopia del documento de identidad.
3. Ser mayores de 30 años.
4. Tener más de cuatro años de ejercicio en la profesión
5. Proponer al tribunal técnicas psicolaborales para los cargos a cubrir.
6. Acreditar experiencia en recursos humanos.
7. Certificado de buena conducta.
8. Certificado del organismo que tenga a su cargo el control de la matrícula.
9. Declaración jurada de:
a. Situación ante la Dirección General de Rentas de la provincia
b. Situación ante el Municipio donde tenga constituido su domicilio
c. Situación con respecto a procesos penales
d. No tener condena penal firme por delito doloso
e. No hallarse inhabilitados para ejercer cargos públicos
f. No encontrarse sancionados con exclusión de la matrícula profesional
g. No haber sido removido del cargo de profesor universitario, por juicio académico.
h. No haber sido declarado en quiebra, y no estuviera rehabilitado
i. No haber sido separado de un empleo público por mal desempeño de sus tareas.


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