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Resolución inconsulta e irrazonable
Domingo, 6 de junio de 2021
Exigimos al STJ que siga lineamientos de la provincia

El Gobernador de la Provincia, Gustavo Valdes, anunció este domingo a la mañana que, junto al Comité de Epidemiología, decidieron prolongar las medidas sanitarias preventivas vigentes una semana más para aquellas localidades que continúan en fase 2 y 3. Con esta confirmación de lo que ya se especulaba en las últimas horas, SITRAJ exigió hoy al STJ que mantenga la actividad en concordancia con las disposición sanitarias del Ejecutivo provincial y, por ende, deje sin efecto la Resolución N° 287/21. Presentamos el escrito vía e-mail poco después del mediodía.


Es que el Superior Tribunal de Justicia (STJ), de manera apresurada, el jueves pasado, resolvió el regreso de la actividad habitual en las doce localidades en que regía el servicio de atención extraordinaria, retomando el esquema de trabajo en burbuja, considerando que eso “asegura la continuidad de las tareas ante eventuales casos de COVID-19”.
Analizando la situación, sería algo así como: “Continuemos, si se
enferma alguno no pasa nada, podemos hacer el trabajo con los que
quedan”. De esta manera, y pensando que algunos estarían exentos del riesgo, dictaron la resolución 287/21, sin ningún tipo de criterio sanitario, disponiendo el regreso a la actividad lo que pondrá en riesgo la salud de los trabajadores y trabajadoras.

La urgencia con la que dictaron la resolución, entre semana, tres días antes de conocer la situación sanitaria de la provincia y las disposiciones que se tomarían desde el gobierno provincial, sorprendió a propios y extraños.
Es curiosa la urgencia que tiene el STJ para tomar una decisión de
esta naturaleza; como también es curiosa la urgencia del STJ para que el regreso a la actividad habitual sea más importante que la salud y la vida de sus trabajadores y trabajadoras.
De la resolución se desprende que este STJ tampoco pensó en los
abogados, auxiliares de la justicia, ciudadanos en general, ya que a todos ellos invita a que limiten la concurrencia a los edificios del Poder Judicial sólo a la realización de trámites y actividades propias del servicio, necesarias e impostergables y a utilizar los canales electrónicos disponibles. ¿Entonces?
Entendemos que la pandemia nos iguala. Los ciudadanos nos
encontramos en la misma situación de riesgo sanitario con la incertidumbre de lo que ocurrirá y la única manera de contribuir a reducir las pérdidas y daños es cumpliendo con las recomendaciones de las autoridades sanitarias.

No obstante, el STJ parece que se rige con otros criterios e intereses que distan de ser razonables.

RESOLUCION

La Resolución N° 287/21 firmada el jueves 3 establece que se levanta la suspensión de los plazos para las causas que tramitan ante los Tribunales de las ciudades de Corrientes (Capital), Goya, Mercedes, Curuzú Cuatiá, Monte Caseros, Paso de los Libres, Santo Tomé, Mocoretá, Santa Rosa, Esquina, Santa Lucía y San Roque.

Desentendiéndose de la situación, exhortaron “a todo el personal
judicial a actuar con la mayor responsabilidad personal y cuidados
necesarios para evitar la propagación del virus, manteniendo la distancia de seguridad y el uso de tapaboca obligatorio en todo momento, máxime la situación epidemiológica actual”.

Señalan que se debe seguir observando las recomendaciones e
instrucciones impartidas por las autoridades sanitarias nacionales,
provinciales y municipales competentes, pero el STJ no las observa; y, aún más, pide que se tomen las precauciones y responsabilidad personal tanto en el ejercicio de la función judicial, como al momento de interacción social.

Comisión Directiva. 6 de junio de 2021.


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